En respuesta a un escrito sobre cancelar consultas populares que restrinjan los derechos humanos de infancias y adolescencias, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL), informó que el Pleno del Tribunal Superior de Justicia de Nuevo León es quien tiene la atribución para analizar la constitucionalidad, legalidad y trascendencia de las consultas, incluyendo las que estén en trámite.
En ese sentido, el pasado 14 de enero, Jessica Elodia Martínez Martínez, Nadia Lorena Garza Rodríguez y Jennifer Aguayo Rivas, presentaron un escrito ante el Instituto, en el que solicitan detener una consulta popular que consideran busca restringir el derecho a recibir educación sexual, limita los derechos humanos y no va a acorde a la Constitución federal y a tratados internacionales.
“Por lo anterior le solicito que en el ámbito de sus atribuciones someta a consideración del Consejo del IEEPCNL cancelar cualquier avance de las consultas populares cuya finalidad sea restringir derechos humanos de las infancias y adolescencias”, señalan las promoventes en su solicitud.
Así, en sesión extraordinaria de este 29 de enero, el IEEPCNL precisó que no está facultado para resolver la constitucionalidad y legalidad de las consultas populares, y sus atribuciones incluyen verificar el requisito del 2 por ciento de firmas de apoyo de la ciudadanía para realizar la consulta, su organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados y efectos concernientes.
Cabe mencionar que el organismo recibió dos avisos de intención para consultas populares, uno de Gilberto de Jesús Lozano González y otro de Juan Carlos Leal Segovia; y aprobó los formatos para recabar firmas de apoyo de la ciudadanía; el 16 de diciembre de 2024 y 13 de enero de 2024, respectivamente.
Y en caso de que ambas personas cumplan con todos los requisitos y el Tribunal Superior de Justicia considere viables las consultas, éstas se llevarán a cabo el primer domingo de agosto de 2026.
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